Sebas, como quiera que el derecho no es una ciencia exacta, plantea vd una cuestión, reparación de avería de 240 euros que se encuentra, a mi juicio en el filo entre "pequeña avería" a cargo del inquilino y avería normal a cargo de vd., por eso es tan recomendable dejar fijado en el contrato el importe máximo de las "pequeñas reparaciones". En su caso le recomiendo llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco. En
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