Hola,
Si en tu contrato se indicaba que no tenías que pagar el IBI y tú lo has pagado puede entenderse de dos maneras, una como un derecho adquirido por parte de tu casero y liberalidad tuya, por lo que no te lo devolverá. Y dos, como un ingreso extraordinario realizado por tí, que puedes tratar de (por medio de acuerdo con tu casero) compensar en rentas posteriores.
Si tienes cualquier duda puedes ponerte en contacto con nosotros y trataremos de ayudarte y de quedar a tu entera disposición.
Un saludo
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T.91.184.03.50