En el contrato dice "el arrendatario pagará los servicios de agua y luz, y la basura y alcantarillado". Según me han dicho q como soy una persona de tránsito no tengo obligación ya q eso corresponde al propietario, si fuera un contrato de vivienda permanente si tendría q hacerlo. Aclarénme por favor qué contempla la ley.
Justamente por no ser vivienda permanente, los contratantes tienen mayor libertad de pactos, por lo que ese acuerdo de pagar basura y alcantarillado es plenamente válido. Si fuera vivienda, la misma cláusula tendría que incluir el importe de esos recibos.
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