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JenniferBarcelona

inquilino/a

¿Tengo que pagar compensación económica a los propietarios por marcharme del piso?

Tengo un contrato de alquiler por 5 años, estoy compartiendo piso con un compañero desde hace 3 meses aproximadamente, la convivencia está siendo muy complicada ... Hemos llegado a un acuerdo de marcharnos, pero localizé en el contrato una cláusula que me dice que si nos marchamos del piso tenemos que pagar una compensación económica por cada año de cumplimiento del contrato ... Es lícito esta cláusula? Qué puedo hacer para marcharme sin tener que pagarle esa compensación al propietario?

 

Estoy desesperada! Necesito ayuda!!!

 

Muchas gracias

  • Preguntado por: JenniferBarcelona
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
Muelles ha sido el primero en contestar
  • Muelles

    casero/a

    La cláusula es perfectamente legal.

     

    Deberá llegar a un acuerdo con el arrendador para firmar una resolución de contrato bilateral. De otra forma, podría incluso demandarle por incumplimiento de contrato.

     

    La forma de compensarle podría ser encontrar otro inquilino de su agrado, u ofrecerle una indemnización económica, como la fianza, o alguna otra mensualidad si restan muchos meses por cumplir. Pero debe negociarlo con él y realizarlo de mutuo acuerdo.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
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