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Me deben cuatro mensualidades de alquiler del piso. El contrato es de 11 meses y finaliza en febrero del 2012. El contrato es de temporada de los denominados para uso distinto del de vivienda de la Ley 29/1994. En una de las claúsulas se recoge que impago de alguna mensualidad será motivo de rescisión del contrato.
El problema es que el inquilino se niega a pagarme y a irse. Esta casado con dos hijos.
No deseo renovarlo porque pagaba poco y tengo gente que alquilaría el inmueble. Que puedo hacer.
Haz caso de lo que te han dicho y olvida lo de "contrato de temporada" porque no se irá.Empieza junto a un abogado la reclamación y el deshaucio cuanto antes reclamándole las costas incluídas
Hola Rubenico:
Coincido con la respuesta de mi compañero Eduardo.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Pues necesita acudir a un abogado para iniciar un procedimiento de desahucio por falta de pago (más rápido que el de expiración del término).
El hecho de que el contrato diga que dejando de pagar deben irse, solamente significa que si dejan de pagar usted habrá de contratar un abogado y un procurador para acudir a un procedimiento de desahucio. No basta la cláusula para que la policía lleve a cabo el desalojo.
No deje pasar más tiempo pues será en su perjuicio.
Para la próxima le recomiendo que acuda a un profesional para que le redacte el contrato, y que no utilice los servicios de una inmobiliaria, ya que la mayoría solo sirven para hacer chapuzas y cobrar por nada. ( y pongo la mayoría por si alguna se libra de ese supuesto)
Quizá puede ser cierto lo que le dicen. Puede intentar, antes de contratar un abogado y empezar una demanda, que le demuestren con papeleo esa supuesta indemnización que tienen que cobrar, pues conozco gente que ha estado tiempo esperando una indemnización. Hay mil cosas que se pueden pactar si eso es cierto
Un saludo
Gracias por vuestras respuestas. No he ido antes al Juzgado porque el inquilino lleva diciéndome que me iba a pagar pues estaba esperando cobrar una indemnización que por ahora nunca llega.
Es cierto que está al corriente en cuanto al pago de luz y agua por lo que mucho me temo que no tiene intención de irse del inmueble. En cuanto al tipo de contrato fue ese modelo el que me hizo el agente de la inmobiliaria que fue quien busco al inquilino ya que era la primera vez que alquilaba el inmueble.
Hola,
Aunque usted denomine el contrato de uso distinto de vivienda habitual, si el inquilino puede demostrar que está utilizando el inmueble como vivienda habitual, y por lo que dice así parece, el tiene derecho a estar hasta 5 años, con el único incremento del ipc anual.
Otra cosa es que usted lo pueda desahuciar por falta de pago, para ello, acuda a un profesional cuanto antes.
Suerte
Oscar
El contrato no es de temporada porque así lo exponga en el título del contrato, sino porque el uso de la vivienda al que se destina sea "de temporada". En su caso, su contrato no parece ser de "temporada", sino de vivienda habitual, y será prorrogable durante 5 años solo por voluntad del arrendatario.
Cualquier impago, tanto en contrato "de temporada" como de vivienda "habitual", da motivo para empezar un proceso de demanda de desahucio. Si ya le deben 4 meses no entiendo porqué tarda tanto en acudir a un abogado y empezar un proceso de desahucio, que es lo único legal que puede hacer.
Un saludo
Independientemente que el contrato sea de temporada, debes acudir cuanto antes a un abogado para interponer demanda de deshaucio y reclamación de cantidades. Cuanto antes empieces, antes terminarás. Te lo digo por experiencia propia, estas situaciones no suelen terminar de manera amistosa.
En cuanto a que el contrato sea de temporada, si ellos no se quieren ir, tu no puedes entrar al piso aunque le haya vencido el contrato, sería allanamiento de morada. Si el contrato no pueden resolverlo las partes deberá resolverlo un juez.
Mucho animo