Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En dicha finca hay dos entidades, bien diferenciadas. Ent,1 compuesta por una casa individual y Ent. 2 compuesta por 20 apartamentos. y con entradas independientes. A la Ent.1 ( 20% de coef.) se le esta tratando como si fuera un apartamento mas.
Un saludo y gracias.
En primer lugar debe considerar que para modificar los estatutos y normas de funcionamiento de una Comunidad de Propietarios es preciso que haya unanimidad. Si esas normas son lesivas a los intereses de un comunero e infringen la Ley el perjudicado, si no puede obtener su satisfacción deberá acudir al Juzgado para ello.
Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención directa e inmediata (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://www.pedrohernandezabogado.com/