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Quisiera saber si la actualizacion de la renta a un inquilino por IPC se puede notificar por email y que resulte este email como documento acreditativo de que se ha notificado,y si no,cual es la manera para notificarlo por escrito,si vale con un papel firmado por ambas partes o tiene que ser un burofax
Gracias
Hola Marga:
A través de un certificado digital que expide la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
En cuanto a la forma de actualizar la renta, le sugiero la lectura del siguiente enlce:
reciba un cordial saludo.
Soy un poco novata en este tema de alquilar pisos y creia que el casero conforme figura en el contrato,tiene la obligacion de actualizar la renta en base al IPC ,desconocia que pudiera dejar el importe de la renta tal cual se alquilo en un principio,y que eso fuese una eleccion mia el subir el IPC o no.
No obstante,gracias,me gusta estar enterada de todas estas cosas porque tengo bastante desconocimiento al respecto,aunque vaya indagando por un lado y por otro.
Respecto a la firma electronica en el email no entiendo como se puede hacer eso,como puedo firmar electronicamente un email y el arrendatario tambien
Hola marga:
si ambos emails(el suyo y el de su arrendatario) están firmados electrónicamente o tendrá ningún problema.
reciba un cordial saludo.
Esto es una opinión personal, pero si ve que el inquilino puede poner algún reparo, tal y como está la situación es posible que le convenga más dejar el importe de la renta como está. Aunque la ley diga que tiene que subirselo el IPC (no recuerdo a cuanto estaba, pero por poner una cifra pongamos un 3%) eso supondría que un alquiler de 700 euros subiría hasta 721.
Eso es el IPC, lo que marca la ley, pero lo que marca la situación real es que los alquileres y los precios de la vivienda en general están bajando (aunque haya portales que se empeñen en decir lo contrario, ya que son muchos los alquileres que terminan haciendose por menor importe del anunciado), con lo que puede ocurrir que por subirle el alquiler 21 euros al inquilino, este se busque otro piso que le cueste 50 euros más barato. Entonces es cuando se quedaría con el piso vacío durante 1 o 2 meses, luego podría encontrar otro inquilino que le de problemas... Como usted decida.
De momento mantengo una buena relacion con los inquilinos,pero nunca se sabe,las personas ante determinadas circunstancias reaccionan de una manera.
los inquilinos pagan mediante ingreso en la cuenta que figura en el contrato de arrendamiento,con lo cual no les doy recibo alguno,ya que el mismo ingreso es comprobante del pago,o eso tengo entendido,con lo cual,no puedo comunicar la acualizacion de la renta en el recibo.
Intento hacer las cosas de manera que queden reflejadas para evitar futuros problemas,dios quiera,que no los haya,pero me gusta dejar las cosas bien hechas,por eso es la pregunta del email,evidentemente se que un burofax es la manera de hacerlo correctamente pero me gustaria ahorrame ese dinero ya que creo recordar que con acuse de recibo y certficado de contenido sale por un buen pico.
Respecto al email de respuesta me refiero a que me reenvie el mismo mensaje que le he mandado yo con la informacion de la actualizacion de la renta,nose si valdra ante un juez,pero me parecio ver en algun sitio,no recuerdo donde,que los email judicialmente ya se autorizan como prueba .
Un saludo y gracias a ambos por contestar.
Hola Marga:
La forma más segura y económica es comunicar la actualización de la renta en el recibo inmediatamente anterior al mes en que se pretenda actualizar.
reciba un cordial saludo.
El tema de la prueba de la recepción es para poder acreditarlo ante los tribunales de justicia en caso de que la otra parte hiciera caso omiso al comunicado Tengo mis dudas respecto a la validez que le pueda dar el juzgado al email de respuesta. Lo que sí le admitiria el juzgado es un burofax con texto certificado y acuse de recibo. Pero no exageremos, si está a buenas con su inquilino, con una simple llamada telefónica seria suficiente, la cuestión es que pague la renta actualizada.
Gracias de nuevo,si consiguiese que me reenviase el correo confirmando su recepcion,entonces creo que probaria que le ha llegado.
Muchas gracias por la ayuda.
A mi entender, un email valdría en tanto se pudiera probar el texto y la recepción del mismo por el destinatario.
El riesgo está en que la otra parte, niegue haberlo recibido.
Con un papel que lo diga y la otra parte firme el recibí en la cópia, es suficiente.