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Rafael

casero/a

NO RENOVACION DE CONTRATO
Buenos días. Primero agradecer la ayuda que prestaís a gente como yo que necesitamos asesoramiento sobre alquileres-rentas,etc. Dicho esto, soy propietario de un piso el cual le tengo alquilado con un contrato de 1 año, renovable automaticamente siempre que haya acuerdo por ambas partes. (creo recordar que algo así pone en el contrato).   Como el contrato anual vence o cumple en el mes de mayo del 2016. El inquilino que tengo en la vivienda viene teniendo alguna manera de proceder que no apunta buen fin. Estuvo sin cambiar de titularidad del contrato de luz 6 meses . Me cobraron un recibo a mí, que pensé que era de otra vivienda. Envío de correos y llamadas por parte de compañias suministradoras avisando de corte de suministro, impago de agua, etc.   No me gustaría renovar contrato más allá de mayo del 2016. Quisiera saber manera de proceder: preaviso supongo que por burofax 30 días, tengo que alegar algo para no renovar. O por el contrario como el contrato es de 1 año y no hay acuerdo de continuidad, no tengo nada más que decir que por mi parte no renovamos sin tener otro motivo. Gracias un saludo a todos y aprovecho para felicitaros nuevo año y felices fiestas
  • Preguntado por: Rafael
  • Hace 9 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Nada que añadir a la impecable y contundente respuesta de Amparo.
    Bueno si, Rafael le convendría leer
    EL DECALOGO DEL CASERO
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 9 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Buenos días. Parte usted de un hecho erróneo. " renovable automaticamente siempre que haya acuerdo por ambas partes. (creo recordar que algo así pone en el contrato)."
    Los arrendadores tenemos obligación de mantener el contrato, si es de arrendamiento de vivienda, hasta 3 años si así lo desea el inquilino.
    Otra cosa es que se retrase en los pagos, o no pague... en cuyo caso no queda otra solución que contratar abogado para que interponga demanda de desahucio.
    Así son las cosas.
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