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Tengo mi vivienda alquilada, el uno de agosto vence el primer año de contrato y por motivos personales necesitamos ocuparla. ¿Cuánto tiempo necesito para notificárselo al inquilino y que la abandone?
No solo es necesaria la cláusula de necesidad, sino que, además, debe especificar el motivo por el cual podría surgir esa necesidad. No sirve para "imprevistos".
Tendrás que negociar con el inquilino, y si te sale muy caro, utilizar la renta que él te paga para alquilar tú otra cosa hasta que él se marche.
Saludos - Papeleos Alquiler
Una "pequeña" puntualización:
No podrías hacer nada hasta el quinto vencimiento, a no ser que necesites tú (o tus parientes de¿2º grado?, con la modificación no me acuerdo bien del grado) el piso para vivir, y hayas incluido esta cláusula de necesidad en el contrato.
Si está reflejado en tu contrato, le puedes avisar con 30 días de antelación (a no ser que el contrato diga otro plazo mayor).
Si no le avisas con esa antelación, el contrato se renovaría por otro año más.
Aunque el contrato venza en agosto, según la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino tiene la opción de prorrogarlo hasta 5 años consecutivos, y el arrendador o casero no puede hacer nada para evitarlo. Lo correcto sería que hablases con el inquilino directamente, a ver si hay alguna posibilidad de que no quiera renovar, pues ya te digo que si él quiere continuar, no puedes hacer nada para evitarlo.