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Gracias por la ràpida respuesta. Pero me olvidé de decir que el contrato está firmado por un año.
Hola Julia:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pholmo y le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
No tiene derecho a renovar nada, el contrato se prorroga automaticamente hasta cumplir cinco años, a no ser que el inquilino decida marcharse en ese plazo.
Le sugiero lea atentamente EL DECALOGO DEL CASERO
Tengo derecho a renovar el contrato con nuvas condiciones. Ya que no puedo echarlos aunque me deban dinero de cuotas como ya comenté. y con cuanto tiempo de antelación debo presentarselos.
Gracías
Si se trataba de la vivienda del inquilino es lo mismo, tiene derecho por ley, a permanecer en ella cinco años, siempre que pague el alquiler.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).