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Hola,
Estoy en un alquiler con opcion compra, maximo para ejecutar compra a los 4 años por promotora,y maximo para estar en alquiler 5 años, me ha dicho la promotora que si no compro en estos 4 años, de hecho llevo 2 años en el piso y lo abandono, que a lo mejor puedo reclamar el iva del alquiler segun la LEY 37/1992 del 28 de diciembre,del Impuesto Sobre el Valor Añadido. IVA, que hay de cierto en esto???
Gracias.
El iva sobre la opción de compra es un tributo soportado como consumidor final por el optante, con lo cual, salvo opinión mas autorizada, veo dificil su recuperación caso d eno ejercer la opción de compra.
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