Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
En el contrato de alquiler indica que el arrendatario necesitará permiso escrito del arrendador para realizar cualquier obra, quedando prohibido explícitamente el hacer agujeros en las paredes de los cuartos de baño y cocina, en los techos y en la carpintería de aluminio. Si no indica nada de las paredes, ¿no se puede suponer que no está prohibido? Hay que dejar el piso en el mismo estado que estaba salvo el uso, ¿se supone que en el uso no entra colgar dos estanterias y 3 cuadros?
Muchas gracia de antemano.
Un saludo
No explica si se encuentra en trámite d edevolver el piso o lo ha devuelto ya, en el primer caso no veo porblema en que vd. mismo tape los agujeros para evitar esa discusión que considero baladí, puesto que no merece la pena acudir al Juzgado para resoverla y ésta es la única forma, lo demás son opiniones personales.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.