Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Madrid. Periodo alquiler de Octubre-2011 a Octubre-2012. Durante ese tiempo no deposite fianza en ivima, ambas partes hemos declarado a Hacienda la deduccion de vivienda porque yo tengo una hipoteca y tambien declare el alquiler, ademas la inquilina tenia 26 años. Firmamos contrato de entrega de llaves en Octubre-2012. He leido que Hacienda puede reclamar a la inquilina lo deducido pero si no hay fianza en ivima le reclaman la deduccion, que puede pasarme a mi? O que debo hacer? No sabia que era obligatorio.
muchas gracias.
El depósito de la fianza en el IVIMA es obligatorio el propietario tiene un mes para hacerlo más allá lleva un recargo del 2% .
Si no se deposita y el inquilino se deduce en renta, Hacienda le reclamará el justificante de depósito de la fianza como no lo tiene Hacienda de la Comunida de Madrid le quitará la deducción y puede incluso hasta que lleve alguna sanción esto lo desconozco..
Hacienda de la Comunida de Madrid comunicará al IVIMA que el propietario no depositó la fianza e inspección de fianzas iniciará una investigación que comunicará al propietario tarde o temprano .
No es ninguna broma puede llevar consigo multas bastante gordas si se demuestra que el propietario no ha depositado la fianza aún siendo conocedor de su obligatoriedad.
Copio la sanción
El incumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley 12/1997, de 4 de junio, conllevará sanciones de hasta 6.010,12 € o hasta 90.151,82 €, dependiendo del tipo de infracción cometida.
La instrucción de los procedimientos sancionadores se inician conforme al Decreto 245/2000, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora en la Comunidad de Madrid, como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones recogidas en la Ley 12/1997, de 4 de junio, Reguladora de las Actuaciones Inspectoras y de la Potestad Sancionadora en Materia de Depósito de Fianzas de Arrendamientos de la Comunidad de Madrid.
Yo hablaría con IVIMA como bien te aconsejan con inspección de fianzas explícales que no lo sabias y ellos te dira´n que hacer.
A mi me pasó como propietaria pero afortunadamente pude demostrar que lo desconocia en esa primera y única ocasión y posteriormente en cuanto me enteré siempre lo he depositado de forma que cuando me llegó el requerimiento ya había tenido hasta dos inquilinos diferentes por los que ya sí la había de positado y tenía toda mi documentación en regla.
Y sí, ellos pueden saber si lo desconocias o no porque el inquilino es que indirectamente a través de Hcienda les pone en la pista...
Llama al IVIMA y preguntales... Si el arriendo continuara te diría que lo ingresaras ahora... pero si ya ha finalizado no es posible, y las consecuencias serán para el inquilino, quien podrá reclamerte incluso judicialmente.
Saludos - Papeleos Alquiler.