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Buenos días. Acabo de comprar un piso ocupado por precarios (contrato de alquiler vencido). Una vez realizada la venta, el propietario anterior dio de baja los servicios de agua y luz que estaban a su nombre. Los precarios han sido notificados para que abandonen el piso. No quieren hacerlo y me exigen dar de alta los servicios de agua y luz. Ellos no pueden hacerlo por carecer de un contrato de arrendamiento vigente. Mi pregunta es: existe alguna ley que me obligue a dar de alta los mencionados servicios para satisfacer las necesidades de estos precarios a los que ya solicité la desocupación de mi propiedad? Yo jamás firmé contrato de arrendamiento con ellos! Gracias anticipadas por vuestras eventuales respuestas.
Roxana, ¿sabes que los contratos, cuando llega el vencimiento y si los inquilinos (y en ocasiones el casero) no dice nada, se renueva automáticamente por un año más?
No sé si este es tu caso, pero si no funciona lo de firmar el acuerdo en el Centro de Conciliación, vete corriendo a hablar con un abogado de confianza.
Saludos y suerte.
Para Isabel: Cuando digo que el contrato se venció, me refiero a que se superó la fecha de vencimiento del mismo y que ya no es válido. Nunca hubo renovación.
Para Guillem y Mari: Gracias por vuestros comentarios. La verdad, el precio fue muy atractivo... tendador! Sé que voy a tener que esperar, pero vale la pena.
En todo caso, hoy hablé con los ocupantes y les propuse que desocuparan en 30 días. Les ofrecí dinero. Si aceptan, firmamos un acuerdo en un Centro de Conciliación y se resuelve el problema.
Cuando dices que el contrato de alquiler está vencido ¿a que te refieres?
madre mia!..... espero que te lo hayan vendido bien baratito, porque te va a salir cara la broma y ya veremos cuando puedes ocuparlo tu.
Te has metido en un jardín muy complicado. Cuando compras un piso habitado heredas las obligaciones del anterior propietario. Yo de tí hablaría comn un abogado especialista en el tema.