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¿Podría domiciliar los gastos de luz, agua y teléfono en la cuenta de mi inquilino? Gracias
Mari Lolis. Lo que dices es cierto si la deuda es pequeña el que se fastidia es el propietario. Pero piensa en un contrato de largo plazo. La luz, mientras pagues el mínimo, no te la cortan. Estará consumiendo grandes cantidades y nadie se entera. El gas, es lo mismo. Y cuando lo pones al días te salen unas cantidades exageradas, creételo. En barcelona, los contadores del agua están fuera. Y si el edificio es nuevo o reformado, los de la luz también. Osea, que el peligro estaría en el del gas.
Para evitarte problemas de impago, es lo primero que tienes que hacer, pasar todos los recibos a nombre del inquilino, ya que si por una casualidad, empieza a no pagar, tu, como propietario, legalmente no puedes dejar de pagar esos gastos, aunque lo metas judicialmente para reclamarlo. Mientras que si estan a nombre del inquilino, los distribuidores, son los que cortaran si hay impago, el servicio.
noooooo cambiar de nombre noooooo.
Sólo tienes que cambiar la domiciliciación bancaria y ya esta. Que sigan a nombre del propietario pero pagando directamente el inqulino.
Si los pone a nombre del inquilino y este sale rana, por decirlo finamente, podria, por estar a su nombre, dar de baja todos los contadores y fastidiar muy mucho al propietario, que tendría que pagar por darlos de alta de nuevo y tal como estan las normativas le puede salir muy caro, porque podría que tener, incluso, que pagar una instalación nueva.
Y de instalaciones, si que se muy bien de lo que hablo.
No tan solo podrías, si no que deberías, y además los servicios tienen que estar a su nombre. Esto se hace llamando a las compañías de los servicios, y substituyes tu nombre y tu cuenta por la suya. Si luego resultan impagados serán un problema del ínquilino, y no tuyo.