Laura partiendo de que el propietario al alquilar un inmueble cede al inquilino la posesión de ese inmueble, su derecho a impedirles la entrada a lo que parece ser el jardín de la vivienda alquilada tiene que fndamentarse en el contrato que tienen firmado y que yo, evidentemente, desconozco.
Pedro Hernández Olmo, abogado