Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Soy propietario de un local que tengo arrendado a una persona física desde 1989 sin duración pactada (no aparece cláusula alguna sobre la duración del contrato).
Hola,
Puede usted requerir al inquilino indicandole que desea resolver el contrato de alquiler y dandole un tiempo para que proceda a irse del local, al no haber estipulado nada al respecto de la duración, debe preavisarle con antelación fijada en el contrato y en caso de no existir, mínimo con un mes (preferible que en su situación preavise con dos meses).
Si necesita que ampliemos esta o cualquier otra información estaremos encantados de ello, quedamos a su disposición para lo que precise.
Desahucios ya
informacion@desahuciosya.com
www.desahuciosya.com
Telf. 653209052