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Llevamos cuatro años y medio de alquiler, en la misma vivienda y dentro de poco (dos meses aproximadamente ) nos trasladaremos a vivir fuera de la comunidad, debemos avisar al propietario con los 30 días correspondientes y nada más ? ...tenemos que pagar hasta cubrir el último año ? es decir. en nuestro caso, se cumplen en septiembre , debo pagar esos meses ? Agradezco la información
Hola Paloma:
Salvo que en el contrato conste expresamente la facultad del arrendatario(su amiga) de desistir del contrato antes del plazo de duración pactado o de cualquiera de sus prórrogas, ante la pretensión de resolución unilateral por parte del arrendatario(usted),puede ocurrir :
1. Que el arrendador la acepte sin reserva, dando lugar a la resolución bilateral y de mutuo acuerdo, lo cual no conlleva otras consecuencias que la extinción del contrato y de las obligaciones recíprocas que de él se deriven.
2. Que el arrendador rehuse la entrega de y exija el cumplimiento del contrato judicialmente.
3. Que el arrendador acepte las llaves dando por resuelto el contrato, pero documentando que la resolución ha tenido lugar por la exclusiva voluntad del arrendatario, para ejercitar una acción de resarcimiento de daños y perjuicios.
reciba un cordial saludo.
despacho Armando García Fernández.
http://letradosalquileres.es.tl
Tal vez tu contrato prevea el desistimiento anticipado.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Tal vez tu contrato prevea el desistimiento anticipado.
pedro Martínez
Abogado
5001@Icagr. Es
Si no llegais a un acuerdo el juez dictará la indemnización.
lo ideal es que llegueis a un acuerdo y lo dejeis por escrito. Un original firmado para cada uno.
pablo.