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Es legal alquilar un piso sin instalación electrica o con una instalación completamente fuera de normativa?
(evidentemente el servicio de luz está de baja y la luz para funcionar, pinchada)
Esa declaración de inhabitabilidad de la vivienda solamente puede hacerla un Juez despues de un pleito largo y caro, debe valorar si está dispuesto a afrontar ese riesgo.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.
Entiendo que si el contrato no establece expresamente que el inquilino costeará la adecuación de la instalación las normas legales o reglamentarias que resulten de aplicación, es absoluta responsabilidad del propietario, en tanto que elemento necesario para la habitabilidad de la vivienda.
En esto precisaria afirmar que en la vivienda no hay servicio electritrico... explicandome mejor. No hay una instalación que se pueda dar de alta y para tener luz habria que pincharse... cosa ilegal y de consequencia no se puede hacer ni se puede pretender que yo lo haga.
Ademas lo de adaptar la instalaxión puede significar semanas o meses. Legalmente estas obras no se tienen que hacer antes de alquilar el piso? asi que repito la misma pregunta:
en estas condiciones no se podria invocar la inhabitabilidad de la vivienda? ademas en este caso que pasaria?
No puede darse una respuesta afirmativa o negativa sin mas, el inquilino ha entardo en una vivienda en la que existe servicio eléctrico, aunque sea fuera de la normativa administrativa, por lo tanto no se puede invocar inhabitabilidad de la vivienda, habrá que adaptar esa instalación a la normativa y para saber a quien corresponde pagar los gastos es preciso interpretar el contrato.
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