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rocioguil

casero/a

¿Se le pueden devolver los recibos de luz /agua a 1 inquilino que lleva + de cuatro meses sin pagármelos y debe más de 180e?

¿Se le pueden devolver los recibos de luz /agua a 1 inquilino que lleva + de cuatro meses sin pagármelos y me debe más de 1800 euros? solo  me está ingresando la mensualidad.

Gracias

  • Preguntado por: rocioguil
  • Hace 14 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (3)
eduardo cid ha sido el primero en contestar
Muelles ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Muelles

    casero/a

    Coincido con Amparo: burofax informando al inquilino de que en base al artículo 20.3 de la LAU los gastos de suministros corren a su cargo, y que por tanto, procederá a desdomiciliar de su cuenta los recibos y solicitar a las compañías suministradoras que envíen las facturas al domicilio arrendado para que él mismo pueda proceder a su abono.

     

    En el mismo burofax, reclámele las cantidades que usted ya ha abonado y que están pendientes de pago, informándole también de que de no saldar dicha deuda, interpondrá demanda de desahucio por impago ante el juzgado.

    • Respondido por: Muelles
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    En cambio JUAN, experto ABOGADO de esta web, opina así:

    Empieza

    El arrendatario que deja de pagar los suministros de luz y agua no puede exigir al arrendador que los siga pagando.

    termina

    Fuente: http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/desahucios/dejar-pagar-luz-agua-piso-alquiler-impago_8103.html

     

     

    Lo que yo no haría sería \"cortar el suministro\", sólo cancelar las domiciliaciones y decir a la compañía que envíe el recibo al cobro al domicilio del suministro. Además de avisar fehacientemente de este hecho al inquilino para que no pueda alegar coacciones. Así, si e inquilino NO PAGA, será la compañía y no tú quien corte el suministro. Saludos - Papeleos Alquiler
  • eduardo cid

    profesional

    No, en ningún caso. Puedes reclamar los importes que te debe, pero no dejar de pagar para que corten el suministro. Si lo haces, tendrás problemas.

    Y la próxima vez que hagas un contrato, ves a un abogado que ya se encargará de especificar bien calro en el contrato que el inquilino tiene obligación de domiciliarse los pagos de recibos de suministros, o pedir un depósito como garantía adicional, para cubrir estos gastos si lo primero no es posible.

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