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¿Se le pueden devolver los recibos de luz /agua a 1 inquilino que lleva + de cuatro meses sin pagármelos y me debe más de 1800 euros? solo me está ingresando la mensualidad.
Gracias
Coincido con Amparo: burofax informando al inquilino de que en base al artículo 20.3 de la LAU los gastos de suministros corren a su cargo, y que por tanto, procederá a desdomiciliar de su cuenta los recibos y solicitar a las compañías suministradoras que envíen las facturas al domicilio arrendado para que él mismo pueda proceder a su abono.
En el mismo burofax, reclámele las cantidades que usted ya ha abonado y que están pendientes de pago, informándole también de que de no saldar dicha deuda, interpondrá demanda de desahucio por impago ante el juzgado.
En cambio JUAN, experto ABOGADO de esta web, opina así:
Empieza
El arrendatario que deja de pagar los suministros de luz y agua no puede exigir al arrendador que los siga pagando.
termina
Lo que yo no haría sería \"cortar el suministro\", sólo cancelar las domiciliaciones y decir a la compañía que envíe el recibo al cobro al domicilio del suministro. Además de avisar fehacientemente de este hecho al inquilino para que no pueda alegar coacciones. Así, si e inquilino NO PAGA, será la compañía y no tú quien corte el suministro. Saludos - Papeleos Alquiler
No, en ningún caso. Puedes reclamar los importes que te debe, pero no dejar de pagar para que corten el suministro. Si lo haces, tendrás problemas.
Y la próxima vez que hagas un contrato, ves a un abogado que ya se encargará de especificar bien calro en el contrato que el inquilino tiene obligación de domiciliarse los pagos de recibos de suministros, o pedir un depósito como garantía adicional, para cubrir estos gastos si lo primero no es posible.