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Tengo un piso que lo vamos a alquilar a estudiantes universitarios por el período académico (10 meses). Al redactar el contrato me surge una duda de si el tema de las reparaciones es lo mismo en este tipo de contrato que en los de 5 años.
¿Hay alguna otra diferencia que tendría que tener en cuenta, desde un punto de vista contractual?
¿Alguien me puede pasar un link con un modelo de contrato por temporada?
Muchas gracias
En este caso, el más inútil lo único que ha hecho es formular una pregunta y ser tan tonto como para no entender la respuesta.
Si por alguna extraña razón intentabas dirigirte a mi, dudo mucho que tus dendritas funcionen de manera superior a las mias, y no te falta nada para llegar a conseguir lo que yo he alcanzado en esta vida
Tb lo llevas claro si lo que querías era conseguir algo con demagogia
España es un país incréible: el más tonto e inútil se cree con derecho a aconsejar a los demás.
así va el país.
Al personajillo Sesaru:
Fíjate que lo de "tacaño" lo encomillé, creo que la clase dónde explicarón para que servía encomillar o cuando se usaba te la perdiste. La verdad es que yo tb me la perdí, pero con lógica y leyendo es fácil de aprender su uso.
Le puedo asegurar, además, que mi aportación es más relevante de lo que cree, y sino tiempo al tiempo. Si fuera habitual de este foro, se habría dado cuenta que Armando ( Excelentísimo Sr. Jan Abogado para usted) no "vende" sus servicios, y muy al contrario ofrece información gratuitamente de trabajo recopilado por él mismo. En ocasiones, como es su caso, el mejor consejo es asesorarse profesionalmente, en una consulta que por material necesario, tiempo, y dialogo necesario, no se puede dar en un foro o similar.
La respuesta de la "personajilla" Amparo BB creo que no la ha llegado a entender. Lo que le estaba diciendo era que un arrendamiento urbano tiene una ley que controla específicamente eso, y dudo mucho que sea capaz, sin conocimientos jurídicos, de interpretar no sólo la ley, sino la jurisprudencia que hay sobre ella.
Cuando escribí lo de "tacaño" era un consejo, y obvio que no sabía si iba o no a contratar a un especialista. Lo que intentaba era justamente aconsejarle que lo haga, por si dudaba, y advertirle de los problemas que podrá tener después. Esos problemas puedo preveerlos gracias a la participación activa ( y gratuita) en este foro, dónde he leído más de 5mil consultas diferentes, con sus múltiples respuestas.
Casualmente, a parte de saber algo de Reiki, artes marciales, y otras opciones de aprendizaje que hacen que no pierda los nervios facilmente y que no pueda considerarme infeliz, tb tengo estudios de psicología, donde, en una de las ramificaciones ( GESTALT) se estudia que lo que más molesta a uno mismo es lo que ve reflejado en otros. La deducción de quién aporta mal rollo, quién es infeliz y quién se debería haber callado la boca, es muy sencilla.
Un saludo
Sesaru.
Este foro es lo que es, gracias a los abogados que en él participan.
los demás - al menos yo - simplemente hemos aprendido de ellos casi todo lo que sabemos.
y, te lo aseguro, Crazyh, no es un "personaje" en el mal sentido que sospecho tú has querido darle.
crazyh es una EXCELENTE Persona.
saludos - Papeleos Alquiler.
Hola Serasu:
Mi respuesta no estaba encaminada a ofertar mis servicios como profesional. Por un lado, respondía a su pregunta inicial - quizás de forma excesivamente concisa - y, por otro, contiene el mejor consejo que en cualquier foro le pudieran dar, aunque a usted le parezca lo contrario en este momento. Al hilo de ésto le aconsejo la lectura del siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso-profesional/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
http://letradosalquileres.es.tl
Esto va para el personaje "Crazyh":
Sólo para refrescarte las ideas, un foro como éste es un espacio donde las personas hacen preguntas y otros las responden aportando información relevante.
Si cada persona que publica una pregunta tuviera que hacer caso del Abogado de turno que quiere vender sus servicios, no existiría este foro sino que sólo habría un teléfono de un profesional donde llamar.
La respuesta de "Amparo BB" era lo que buscaba y tu "respuesta" SOBRA.
¿Quién eres tú para llamar a nadie tacaño? ¿Cómo sabes si al fin y al cabo mi idea era la de contratar a un especialista para el tema?
Te lo resumo porque me parece que no lo tienes claro:
En la vida las personas infelices como tú sólo desprenden mal rollo. Si tu respuesta no va a aportar nada, y sobretodo no responde a la pregunta formulada, mi consejo es que te calles la BOCA.
Una respuesta más específica:
Si no acudes a un abogado especialista para que te redacte el contrato y te explique los puntos del mismo, en algún momento terminarás teniendo problemas, y entonces te arrepentirás de haber intentado ahorrarte 50€.
Un contrato de una vivienda es suficiente inversión como para no ser tan "tacaño" y evitarse problemas a la larga.
Para el arrendamiento de vivienda rige la LAU y no se puede pactar nada que minore los derechos del inquilino.
Para el arrendamiento distinto de vivienda puede pactarse cualquier cosa, y para aquello que no se haya pactado se aplicará la LAU
Saludos - Papeleos Alquiler.
Hola Serasu:
Sí, existen grandes diferencias entre un contrato de arrendamiento d vivienda y uno de temporada. Por ello le aconsejo que acuda a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos para que le redacte el contrato y le asesore de los derechos y obligaciones dimanantes del mismo
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es