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He interpuesto una denuncia por desahucio, pero si en el tiempo que tardan en dictar la sentencia el inquilino se marcha del piso y no asiste a juicio, podré cobrar igualmente? se que cobra algun tipo de prestación o ayuda pq pagaba el 10, que es cuando se suele abonar el paro. Le pueden embargar la prestación por desempleo o ayudas familiares? se le puede exigir que deje otra dirección de contacto antes de que se marche? si es asi... ¿como debe hacerse?
He leído en el foro que la deuda constara durante 15 años y en cuanto tenga algo a su nombre le embargarian, eso es correcto?
¿Se podría acelerar la presión para cobrar incluyendolo en un fichero de morosos?
Podrás cobrar si es SOLVENTE, si exigiste aval bancario, avalista, mensualidades anticipadas,.... Si cobra más del salario mínimo pues éste es inembargable.
Si hay sentencia puedes durante 15 años demandarlo si cambian sus circunstancias y tiene con que responder, sino caduca a los 5 años.
Antes de llegar al desahucio se puede plantear por el arrendador la posibilidad de que en un plazo de 15 dias o similar devolviendo la vivienda se le perdone la deuda. Mejor coméntalo con tu abogado, yo no lo soy.
En cuanto a la notificación es válida, si no está en domicilio del contrato, ponerlo en el tablón de anuncios del juzgado o boletines públicos. saludos,