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En Junio del año pasado firmamos un contrato de alquiler anual. En Diciembre nos dicen que el 31 se van por motivos personales y firmamos un escrito de rescisión del contrato. En este escrito se hacen constar las cuantías que a esa fecha se deben por los inquilinos, incluyendo gastos de suministros y el 30% de penalización sobre lo que dejábamos de ganar por la rescisión anticipada del mismo. Esto se firmó tanto en el Contrato como en la rescisión. Cuatro meses y medio después, nos siguen debiendo un total de 605 Euros cuando nos dijeron que el 15 de Enero estaría todo saldado. A partir de ahí todo es poner plazos para pagar y luego no pagan. Quería interponer un procedimiento monitorio para que nos paguen lo que nos deben porque ya no vemos buena fe sobre el pago por su parte pero por otra parte no me puedo gastar ahora dinero en abogados, procuradores, ... Lo podría interponer? Vale la pena? Lo puedo hacer sin abogado?
Como le dice el compañero PHOLMO lo puede interponer sin abogado ni procurador, pero si gana (que esperemos que así sea) y los inquilinos no le pagan tendrá que ejecutar la sentencia, y para eso necesitará abogado y procurador y aunque pudiera hacerlo sólo necesitaría un abogado y un procurador porque ejecutar una sentencia no es tan fácil.
Un juicio monitorio lo puede poner sin abogado no procurador
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