Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Pero no es verdad
Gracias por la pronta respuesta, pero el problema que yo veo entonces es que sea un monitorio o un ordinario si cuando llegue la notificacion ya no esta en el domicilio como vamos a reclamar?
Respecto de la última cuestión planteada: la obligación de pago del recibo no se extingue por el hecho de que finalice el contrato, se puede seguir reclamando. Otra cosa es que a esa deuda se añada otra posible de impago de rentas, o de indemnización por extinción anticipada del contrato, en cuyo caso no cabría un juicio monitorio, sino un ordinario.
Muchas gracias por su respuesta. Hoy mismo le he enviado un burofax al inquilino reclamandole el pago, pero hoy mismo tambien me encuentro con otro problema. Esta mañana mi marido se ha encontrado con la inquilina y le ha dicho que quiere abandonar el piso la semana que viene, asi que si no nos pagara el recibo y se va de la vivienda ya no serviria de nada reclamarle aunque fuera un monitorio verdad?
muchas gracias por su atencion
Puede reclamarselo fehacientemente anunciando que de no recibir respuesta acudirá a la reclamación judicial, juicio monitorio, o al desahucio por falta de pago.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.