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Mis inquilinos me exigen que les cambie el suelo de sintasol del cuarto de baño porque lo consideran antihigiénico. Me lo exigen diciendo que es una necesidad y que tengo la obligación de hacerlo. Sinceramento, no creo que esta sea una exigencia que tenga cabida, si el suelo está en perfecto estado, y no afecta la habitabilidad de la vivienda. No tengo condiciones de acometer una reforma, ya que instalar baldosas supondría arrancar todos los elementos y romper varios azulejos, de los que no tengo repuesto. No creo que tengan ningún derecho a exigir algo así. Cuál es la legislación al respecto, si la hay? Y si no, qué me recomiendan?
Gracias
Hola Maria:
Coincido con las respuestas anteriores y le sugiero la lectura del artículo 23 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Ciertamente no pueden exigirtelo.
la verdad es que no se como pusiste eso en una vivienda, es algo terrible; pero bueno.
si no quieres hacer el baño nuevo, diles que no.
sino, tambien les puedes explicar el caso y tratar de llegar a un pago mancomunado; aunque con lo que has escrito algo me dice que no van a querer.
suerte
pablo.
El inquilino,que supongo firmó un contrato en el que consta que recibía la vivienda a su satisfacción o clausula similar, no puede exigir ese cambio en el bien arrendado incluso me atrvo a decir que no puede efectuar ese cambio sin su autorización.
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