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Quisiera recuperar la vivienda para uso propio, pero en el contrato cometí el error de no añadir la clausula correspondiente. Ellos reciben una ayuda del ayuntamiento que cobro puntualmente todos los meses, pero la cantidad que ellos deben aportar, la recibo siempre a partir del día 17 de cada mes.
Hola Alberto:
Sin perjuicio de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Desahucio-por-impago-de-la-renta.htm
reciba un cordial saludo
La demanda por impago puede interponerse con sólo retraso en el pago.
Existe jurisprudencia del Tribunal Supremo, que entre otras cosas dice:
“el pago total de la renta del arrendamiento de una vivienda, fuera de plazo y después de presentada la demanda de desahucio, no excluye la posibilidad de la resolución arrendaticia, y ello aunque la demanda se funde en el impago de una sola mensualidad de renta, sin que el arrendador venga obligado a que el arrendatario se retrase de ordinario en el abono de las rentas periódicas”.
Puede leer más en el blog de Enalquiler:
http://blog.enalquiler.com/2009/actualidad/rescindir-contrato-alquiler-por-retraso-en-pago-alquile/
Y en el blog de Pholmo:
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/11/es-motivo-de-desahucio-el-retraso-en.html
En un principio puedes solicitarlo por incumplimiento de contrato, aunque si al final están pagando "bien" no tengo muy claro el éxito que puede tener tu demanda.
Acuda a un abogado con el contrato para que estudie las posibilidades, ante la reiteración en el retraso del pago del alquiler.