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Hola. Mis inquilinos llevan como unas 3 semanas con el piso "patas arriba" por culpa de una fuga de agua de la que se dió parte al seguro y que están solucionando desde entonces.
Mientras han durado las reparaciones derivadas de la fuga de agua, los inquilinos han seguido viviendo en el piso y me dicen que debido a esto han sufrido algunos perjuicios (como tener que dormir en colchón en el suelo, mover los muebles de una habitación a otra, no poder usar cocina por estar llena de muebles y cosas así) y ahora me piden o bien no pagarme una mensualidad o que les haga un descuento importante en la mensualidad para resarcirles de esos perjuicios.
Yo, como casera he estado pendiente de los arreglos y de llamar al seguro, etc...y no sé si esto que me piden los inquilinos es habitual, ni sé si debería acceder a sus peticiones. Necesito consejo, por favor.
Gracias y saludos.
EVA PIRANHA habría que leer esa póliza pero a lo mejor le podría exigir al seguro como 'daño consecuencial' las rentas que deba condonarle a su inquilina.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Si Josep: yo lo decía más que nada como una regla para orientar las negociaciones.
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas. Me han servido mucho, sobre todo para orientarme y dar a mis inquilinos unas respuesta satisfactoria para ambas partes. Saludos.
León Jaime Bendayan, tienes razón, pero la lau no excluye el pacto entre partes.
además, el artículo de la lau es manifiestamente mejorable.
20 días soportando obras pagando renta son muchos días. No es lo mismo estar privado de una habitación que del único baño, etc.
Estoy de acuerdo con las respuestas anteriores, pero creo que al consultante le intersa saber lo que dice el art. 21.2 LAU, a cuyo tenor:
Es decir: que ese caso ya biene regulado en la LAU y puede orientar al consultante. Según este artículo lo razonable es no "perdonar" un mes de renta, sino sólo la parte que se corresponda con la superficie que no se utiliza, y por lo tanto la indemnización será menor de un mes.