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Mis inquilinos llevan en el piso desde junio 2013. Hace unos dias me informaron de que el horno no funcionaba, pero que lo habían usado en otras ocasiones y que había funcionado bien. El horno es además microondas, pero este último funciona bien. Ha ido un técnico y dice que se ha roto la tarjeta electrónica que hace funcionar el horno, pero según la marca del horno, ya no hacen esta pieza, con lo cual, parece que la reparación no va a poder hacerse.
No quiero dejar a las inquilinas sin horno, asi que la solución sería dejar el horno que también es microondas y funciona perfectamente y comprar un pequeño horno eléctrico para que tengan este electrodoméstico, tal y como se publicitaba en el anuncio del piso cuando lo alquilaron.
Mi pregunta es: ¿a quién le corresponde hacerse cargo del gasto que suponde comprar otro horno? ¿se considera avería por uso (y correspondería al inquilino) que no funcione una parte del electrodomestico, que antes sí funcionaba?
Gracias, saludos!!
Hola eva:
coincido con las respuestas anteriores.
reciba un cordial saludo.
Coincido con mi compañero Pedro y subrayo la diferencia entre sus palabras 'avería por mal uso' y las de la consultante 'averia por uso', destacando que el mal uso lo debe determinar un informe técnico, ya que si es una avería consecuencia del uso ordinario deberá sustituir la casera.
En mi blog http://bit.ly/1dOo2ah puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
Y como añadido a lo comentado, el electrodomestico tiene que ser, al menos, del mismo nivel que el que se sustituye.
Así pues, si ha de sustituir el horno, tiene que ser por otro horno similar, o con similares caracteristicas.
Si la averia no es por el mal uso del inquilino, como parece, la obligacion de sustituir el aparato es del arrendador.
pedro Martinez
Abogado
5001@icagr. Es