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Hola, hicimos un contrato de alquiler el día 1 de Mayo, mis inquilinos dicen que dejan el piso en Agosto por que no es lo que esperaban y además comentan haber tenido algún problema con un vecino, en el contrato pusimos:
"Expresamente se pacta un periodo mínimo de validez del contrato de 12 meses. El incumplimiento de dicho plazo por el arrendatario dará lugar a una indemnización dineraria equivalente al periodo de renta que falte por cumplir para llegar al periodo mínimo pactado. Pasado el periodo mínimo, el arrendatario podrá desistir en todo momento del contrato siempre que realice un preaviso con cuarenta y cinco días de antelación"
Ni han cumplido el periodo de un año, ni han avisado con 45 dias de antelación.
Quisiera saber que pasos seguir para reclamar el quebranto economico que van a causarme y cuando hacerlo, si antes de la devolución de la vivienda o despues.
Hola Mariaron:
¿la fecha es 1-5-2013 o 1-5-2014?
reciba un cordial saludo.
Si son solventes les pones una demanda en reclamación de alquileres y si no lo son, una de desahucio por falta de pago o las dos a la vez.