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Están en mi casa alquilados desde el 2009.
Hace unos días me han comunicado que mi inquilino no tiene 34 años, sino que ha cumplido en Septi. Los 35. El piso está en Madrid y el alquiler es de 2009.
en Hacienda me han dicho que puedo desgravarme 100% por el inquilino de 31 años y del de 35 el 100 hasta Septi. Y el 60 el resto.
¿es eso cierto?
muchas gracias de nuevo.
Se la conoce y muy bien. Doy fe y la ratifico.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
muchas gracias a ambos por vuestra ayuda.
parece que Amparo se conoce bastante bien la ley. Espero que tenga toda la razón del mundo, porque la diferencia de dinero en la declaración es un pico.
de nuevo, muchas gracias a ambos
Saludos. Paco.
Si el arriendo es de 2009, ambos pueden deducirse el 100%, puesto que la edad del inquilino fue rebajada de 35 a 30 para los contratos que se firmaran a partir de 2011. Siempre que ambos cobren por encima del iprem.
si el arriendo fuera posterior a 2011, Piscis tres, y ambos cobraran por encima del iprem, cada arrendador podría deducirse - de su 50% de renta imputada- El 100% aplicado a la mitad de la chica, y el 60% a la mitad del chico.
saludos - Papeleos Alquiler.
si el piso está a nombre de los dos, cada uno podrá deducirse el 60% de la mitad de la renta satisfecha por la parte arrendataria