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Mi inquilino se va del piso antes de terminar el año de contrato, por razones ajenas a la vivienda. ¿Tengo que devolverle la fianza?
t aconsejo lo mismo k mari lolis. El fin de la fianza siempre es para cubrir dsperfectos y facturas sin pagar. Si en el contrato no venia ninguna clausula de indemnizacion para este supuesto, ni tiempo de aviso para rescindir el contrato, pues ambas partes lo podrias hacer en cualquier momento.
la fianaza no esta para eso, la fianza es para cubrir desperfectos y servicios sin pagar, sólo un juez puede decidir si puedes quedartela.
Lo mejor en estos casos es negociar con el inquilino una indemnización o que te ayude a encontrar nuevo inquilino, porque como te quedes su dinero y te demande, además de perder tiempo y dinero, no sabes lo que el juez va a decidir.
Puede que no, pero no lo plantees de ese modo.
Explica a tus inquilinos que los contratos deben cumplirse, y que una de las partes no es quien para dejar de hacerlo. (Solo puede hacerse de mutuo acuerdo o por orden del juez)
Si lo han hecho y tú les demandas, según la jurisprudencia mayoritaria, serán condenados a pagarte los meses que faltan para el vencimiento, o los meses que tardes en volver a alquilar el piso (la cantidad menor) además de a pagar las costas del juicio.
Pero como realmente nadie quiere meterse en pleitos, menos él que tú, podéis negociar una indemnización a cambio de no demandarles.
Esa cantidad suele ir en relación a los meses que incumple.
La fianza podría ser un muy buen trato para quien incumple el contrato. Así evita ir a los tribunales. (Sólo las costas les supondrían entre 1000 y 2500 euros)
La cosa podría cambiar si el motivo por el que se marcha es de fuerza mayor y ajeno a él (desempleo, traslado laboral forzoso...) En ese caso pudiera ser (o no, nadie sabe) que el juez les permitiera irse sin penalización.
Saludos - Papeleos Alquiler