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¿puedo tener algún problema si por algún motivo tuviera que rescindir el contrato?, gracias
Amparo BB: no te digo que tu respuesta sea incorrecta, pero si digo que en general la ocultación de hechos no parece una forma muy acertada de proceder.
yo fundamento mi respuesta así: el casero entrega unos muebles, y recibe de vuelta esos muebles. Lo que pase en medio. No lo ve, ni lo sabe, ni lo puede saber.
saludos
Amparo BB: no digo que estes acertada, pero yo eso no veo tan claro eso que dices.
1.- de acuerdo que el inquilino puede meter los muebles que quiera, pero más vale que lo pongan por escrito porque de lo contrario puede haber problemas a la hora de la finalización del contrato en el sentido de que puede que el inquilino se lleve muebles que no son suyos y viceversa. De hecho lo ideal es que el inventario de muebles del casero se hubiera hecho junto con el contrato inicial.
2.- bajo mi punto de vista el inquilino no puede llevarse muebles del casero fuera de la vivienda, salvo que el casero le de permiso por escrito.
Por eso insisto en que más vale que se pongan de acuerdo pero sobre todo en que (haya acuerdo o no) reflejen los muebles por escrito.
Colorín, el inquilino puede amueblar el piso como le parezca conveniente siempre que cuando concluya el alquiler lo devuelva en su estado original. De hecho el arrendador no tiene por qué enterarse.
Un saludo - Papeleos Alquiler.
Colorin: si estan Uds. de acuerdo y lo dejan bien claro por escrito no veo problema alguno.