Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Aunque está a nombre de mi casero ¿éste puede desgravarlo en Hacienda aunque lo esté pagando yo?
El propietario es el obligado tributario, por lo que es a nombre de quien se realiza el tributo, y por consiguiente si dicho tributo es desgavable, es el propietario quien lo desgravara.
Pero al mismo tiempo, si está pactado en el contrato, puede repercutirlo en el precio del alquiler, también deberá declarar ese importe como más ingreso, y por su parte el inquilino, si está como concepto del recibo del alquiler, tambien podrá deducirlo, si tiene derecho a deducciones en sus declaraciones impositivas.
Si no está documentado de esta forma, mi criterio es que ha de procederse de la misma forma, aunque la inspección de hacienda posiblemente no lo entienda de la misma forma, y solo contemple lo que resulte del recibo de IBI, esto es, que es el propietario el obligado y se lo pueda desgravar, si las normas tributarias se lo permiten.
BufetPrieto SLP
E-mail: jprieto@bufetprieto.com
Tfno: 938704558
Web: http://www.bufetprieto.com