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Me comunica el presidente de la finca que mi inquilino hace tres meses que no paga los gastos de comunidad, luz y agua, como tiene en contrato. En caso de continuar sin pagar tendría que hacerlo yo.
Efectivamente, el propietario está obligado para con la comunidad a ingresar las cuotas que le correspondan, y no puede excusarlas por existir un tercero obligado (el inquilino) que lo es frente al propietario, pero no frente a la comunidad.
Otra cosa es que el impago del inquilino constituye un incumplimiento del contrato de alquiler que puede dar lugar a la extinción de dicho contrato. Reclamele mediante burofax el ingreso de las cantidades impagadas advirtiéndole de que se trata de una obligación asumida mediante contrato.