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antonio1980

casero/a

Mi inquilino se marcha y me quiere pagar todos los recibos y el mes (no completo sino 20 días) con la fianza.

me ha comunicado con sólo 5 días de antelación y todavía me adeuda:

el mes de octubre

la luz de septiembre y los correspondientes 20 de días de octubre

el agua correspondiente a los meses de Ago a oct (se cobra trimestral).

el quiere hacerme un ingreso de 130€ porque la fianza no lo cubre todo, pero he visto que el piso tiene despefecto una mesa rota ninguna bombilla funciona, me ha quitado una cenefa que tenia para poner el otra que es horrible y además poner una tablillas con cablos haciendome agujeros en la pared sin contar que me ha perdido el mando y llave del garaje.

Yo quiero que firme la rescinsion del contrato con todo lo que me adeuda ya que he conseguido que me haga el pago de la luz de sep que a unas penas me sobra 60 euros para cubrir algunos gasto. pero mi pregunta merece la pena denunciar para que pague el ultimo mes y de la fianza descontar desperfectos y recibos.

GRACIAS

 

  • Preguntado por: antonio1980
  • Hace 12 años
  • Categoría: Caseros
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Antes de abandonar un alquiler sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas conviene recordar el viejo brocardo,   pacta sunt servanda –los acuerdos han de ser cumplidos-, y también, mientras no se modifique,  que tan obligatorio es para el casero mantener al arrendatario en el disfrute de la vivienda o local por el tiempo pactado, como para éste pagar la renta correspondiente a ese periodo de tiempo.

    Por lo tanto aunque en el contrato no se especifique el pago de indemnización para el inquilino que decida romper unilateralmente el contrato sin cumplir el plazo pactado o cualquiera de sus prórrogas, ello no puede interpretarse como que la misma es inexigible, el arrendador que se ve frustrado en el cobro de los alquileres pactados sin una razón justificada, puede reclamar al inquilino una indemnización por incumplimiento de contrato, el importe de la misma lo determinará el Juez si ambas partes no llegan a un acuerdo previamente.

    En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y  si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd.,   puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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