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A mi inquilino se le acaba el contrato de 11 meses. No me paga desde hace tres y debe 11 meses de agua, no ha pagado ni un solo recibo de agua. Sin embargo sí que ha pagado la luz.
Él se tenia que encargar de ir a pagar el agua y la luz al banco, pues estan a mi nombre. En el contrato se especifica que el paga agua luz, etc.
Le envie burofax con mas de mes y medio de antelación y dice que no se va. Me llamo amenazandome y presente una denuncia.
El 29 de febrero se debe ir, pero creo que no lo hará. Debe ya mas de 2500 € entre alquiler y agua. Que puedo hacer, puedo cortar la luz y el agua a partir del 29 de febrero pues él ya no tiene contrato y esta avisado ?
Cuesta de enero dices. Espérate a que el pepe gané las elecciones en andalucía, te vas a enterar de lo que es una cuesta.
:)
Jajaja, Crazyh, perdónamela, la cuesta de enero me ha llenado la mesa y la cabeza de monitorios.
lapsus linguae, es un verbal.
pedro Martinez
Abogado
¿un monitorio? Lo que debería interponer es una demanda de desahucio, mediante abogado y procurador.
dudo que cobre, así que lo más urgente es recuperar la vivienda, cuanto antes mejor.
un saludo
Dejame dudar que el contrato acabe el 29 de febrero, para que eso sea asi, el contrato debe ser de temporada, con los requisitos que marca la ley, no basta con poner que es de temporada y hacerlo por 11 meses.
Si es asi, el inquilino puede permanecer en la vivienda hasta 5 años y si hay una falta de pago no te queda mas remedio que interponer una demanda.
Los suministros no puedes cortarlos aunque no los pague. Ahora bien, si tienes estipulado el cobro por ventanilla porque las facturas van a ese domicilio y la compañia los corta el problema no es tuyo.
Si prevees que no se irá y hay alguna deuda ya estas tardando en poner un monitorio.
Pedro Martinez
Abogado
El problema es que su contrato acaba el 29 de Febrero, sin renovación.
por ello el 1 de marzo queria cortarle el agua y la luz pues ya no debería de estar alli.
es posible que no se marche y encima me toque pagarle la luz y el agua?
alguien me puede contestar a esto?
Hola Alberto:
No, no debe cortar los suministros pues su arrendatario podría denucniarle por una falta de coacciones. Le sugiero que acuda con urgencia a un/a profesional de la abogacía experto/a en arrendamientos urbanos para que inste demanda de resolución de contrato por impago de rentas.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es