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Es una persona soltera, sin cargas, con problemas psicológicos y sin capacidad de pago.
No se le puede echar por la fuerza a pesar del documento.
La solución legal consiste en un procedimiento judicial de desahucio por falta de pago, en el que han de intervenir forzosamente abogado y procurador.
Si le fuerza a marcharse cometerá un delito: indemnización, multa como poco, antecedentes penales, y el inquilino vuelve a la casa. No se lo aconsejo.
Hemos formalizado un contrato de arrendamiento en Noviembre del 2.010 con un periodo de duración de 1 año. No se ha depositado fianza y el inquilino solo ha pagado un mes.
Tras varias conversaciones con el inquilino reclamando los abonos pendientes, este nos ha ido solicitando prórrogas que no ha cumplido.
Se le ha recogido un documento conforme el 13 de este mes abandonaba el piso, algo que no ha hecho, es más, nos ha indicado telefónicamente que no piensa irse.
Es una persona soltera, sin cargas, con problemas psicológicos y sin capacidad de pago.