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El contrato es de temporada por motivos de trabajo y tiene fijado la fecha de entrega de llaves. el contrato dice lo siguiente:
Quedando obligado el arrendatario a entregar las llaves de la vivienda a la arrendadora el mismo día 6 de Septiembre de 2011, (salvo nuevo acuerdo) y a su completo desalojo, quedando la propiedad autorizada y a partir de ese momento se entenderá que la ocupación a partir de la fecha de terminación del contrato es precaria, y que autoriza a Dña. XXXXX , para tomar posesión por su propia autoridad del repetido Inmueble. Como actuar si no quiere desalojar.
Pues como el mismo contrato indica. Tratando al arrendatario como "precario" e instando demanda de desahucio por precario en un juzgado, mediante abogado y procurador.