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¿o cómo es él el que tiene la necesidad se le puede autorizar a ponérselo él?
tiene un contrato de renta antigua por llevar más de 50 años en el piso, por lo que paga muy poco de alquiler.
Hola Carmen:
En su caso concreto la respuesta a su pregunta dependerá del cartácter real de la obra a realizar. Si la misma fuese considerada como de conservación debido a su mal estado, el arrendador estaría obligado a realizarla, puediendo repercutirla al arrendatario conforme a la DT2º LAU 1994.
Si se considerase como obra de mejora, el arrendador podrá negarse a su realización y aunque el arrendatario las realizase no sería causa se resolución si se cumplen los requisitos del artículo 114.7 LAU 1964.
reciba un cordial saludo.
Por ahí iba Pedro
Me parece terriblemente injusto - y ojo yo no tengo ningún alquiler de Renta Antigua - lo que les pasa a esos arrendadores.
Si el inquilino no tiene recursos, es problema de todos (el Estado) no de su arrendador... Y sería normal que Carmen Balbastre esté deseando que su inquilino se marche de su piso en vez de autorizar reformas .
Es una pregunta peliaguda, hay muchos aspectos que intervienen figurate un baño antiguo en el que el casero exige para dar ese permiso que se respete la estética anterior, y que previamente se le presente un proyecto completo de lo que se
En definitiva como digo siempre será el Juez quien dictamine a quien le da la razón. Desde mi punto de vista un casero de mas de 50 años de inquilino no tiene ni siquiera obligación moral, habría que conocer también la situación económica de ese inquilino.
Pholmo, gracias por contestar.
¿Estaría el arrendador en su derecho a no permitir esa reforma?
Perdón,acceda
Si al anciano le parece bien "pagar muy poco por el alquiler",al casero estoy seguro de que no
De acuerdo con Pholmo,aunque yo pienso que al ser renta antigua y muy barata,el casero no le dará permiso y no podrá tocar nada ,salvo adceda a la modificación y actualización del contrato
Entiendo que si el inquilino necesita esa obra en la vivienda arrendada debe solicitar permiso al casero para llevarla a cabo a su costa y en las condiciones esteticas que el casero apruebe, y debe qedar claro que al marcharse la obra quedará en beneficio de la finca.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/2012/03/reparaciones-necesarias-en-alquiler-de.html puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,21€ por minuto desde teléfono fijo y 1,57€ por minuto desde móvil).
En mi zona (no sé que sucederá en el resto de España) para personas con movilidad reducida se huye de bañeras e incluso, si es posible, del pequeño escalón del plato de ducha.
Siento salirme del hilo de la pregunta.
Al tratarse de una Renta Antigua yo esperaría una respuesta de jan pholmo o pedro
Perdón, quería decir que no se puede llevar la bañera, a no ser que reponga la ducha.
Que yo sepa, el propietario no tiene ninguna obligación de hacer reformas en un piso alquilado, ya que el piso está en perfecto estado de habitabilidad. Si el inquilino necesita reformarlo, pide permiso y lo hace él, y esa mejora queda luego en beneficio del propietario (o sea, que no se puede llevar la ducha el día que se vaya, a no ser que reponga la bañera)