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He comprado una casa alquilada, me ha informado la notaria que el inquilino tiene derecho de tanteo y retrcato. con lo que una vez notificado tiene 30 días para igualar las condiciones de compra, asumiendo los gastos de la escritura de compra venta que hemos formaizado.
Mi pregunta es, si el inquilino no está al corriente en sus obligaciones de pago, al menos debe un año de rentas, sigue conservando sus derechos y en especial el derecho de adquisición preferente?
Gracias
En la notaria le han comunicado que el inquilino tiene derecho de retracto porque el contrato de arrendamiento continua vigente con independencia de las deudas, eso quiere decir que tiene treinta dias a partir de que la notaría le comunique la compraventa para retraer (comprar) al precio que figure en la escritura.
Por otra parte si no ejerce el retracto continuará en la vivienda y Vd. deberá desahuciarlo si no se aviene a marcharse por las buenas.
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Eres algo lanzado e imprudente en los negocios, sabiéndolo y pudiéndolo hacer había que ofrecerle primero el derecho de tanteo, ya que ahora, a toro pasado, el moroso, si tiene posibles, puede sacarse de la manga un As.