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El inquilino hace 8 años que vive alquilado en una vivienda, el propietario ha fallecido y el heredero ha enviado burofax al inquilino para que abandone la vivienda en 2 meses.
Puede el inquilino negarse a abandonar la vivienda? Puede demandar al nuevo propietaro?
En base a qué. Si no se ha firmado ningún nuevo contrato, el tuyo ha expirado al octavo año, y se renueva, muy probablemente, mes a mes, así que pueden rescindir el contrato y recuperar la vivienda.
Calendal, depende de varios conceptos.
¿Lleva ya los 8 años cumplidos? ¿Se firmó un nuevo contrato despues de esos 8 años?
Con la ley en la mano, el inquilino tiene derecho a 5 años desde la firma del contrato original. Si ninguno de las dos partes dice nada, a los 5 años se renueva automaticamente el contrato por hasta 3 años mas a única voluntad del inquilino. A partir del octavo año, la ley dice que el contrato se renueva tácitamente dependiendo de cómo fue pactada la renta. Anualmente si fue pactada anual y mensualmente si fue pactada mensual.
Si está el inquilino en estas prórrogas, el casero puede avisar al inquilino para que desaloje con 30 dias de antelacion a la próxima prórroga.
En caso contrario, si está dentro de los 8 años, el contrato ha de respetarse por el nuevo propietario.