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Se puede rescindir el primer año el contrato de alquile aunque que tenga un contrato de un año prorrogables a tres Es que en el contrato pone que las prórrogas son obligatorias de año en año.gracias
Buenos días, Eugenio.
Coincido con las acertadas respuestas de mis compañeros y le sugiero que, cuando vaya a alquilar nuevamente su vivienda, acuda a un abogado especializado en asesoramiento inmobiliario para que le explique con detenimiento todas las cuestiones que pueda Ud. tener sobre los arrendamientos.
Mientras tanto, le aconsejo la lectura de los siguientes enlaces:
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/10-consejos-arrendador/
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-vivienda-ii/
Un saludo,
Eugenio ratificando la respuesta de Piscis le sugiero lea el decálogo del casero en el enlace que le dejo
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
No puedes, salvo que el arrendatario incurra en alguna de las causas previstas por la ley, para poder desahuciarlo, si nos dices que especial interés tienes para conseguir tu propósito, te podremos seguir informando.