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Para que no me haga la bola más grande y así se marche antes. Gracias
No puede dar de baja usted directamente los suministros, a riesgo de ser demandada por coacciones.
Lo que sí puede y debe hacer es cambiar la titularidad con una simple llamada a la compañía suministradora, indicando que envíen los recibos al domicilio arrendado para su pago en ventanilla, y a continuación comunicárselo a su inquilina por burofax. De esta forma, si ella no paga, serán las compañías quienes le corten el suministro y no usted, no pudiendo reclamarle ninguna responsabilidad.
En cuanto a la renta, yo no esperaría más para interponer la demanda de desahucio por impago.