Mas que "negarte" que parece que tu eres el "malo" hazle entender que es la opción que le das para no demandarle por el incumplimiento de contrato, que le costaría lo que dice Ramón, seguir pagando hasta que encontraras otro inquilino o hasta que se cumpliera el año, y además, también le supondría pagar las costas del juicio.
Si has atendido al reclamo publicitario de PHOLMO, a estas horas puede que ya sepas la respuesta correcta.
Yo te doy, simplemente, mi opinión.
Sí, por supuesto, le puedes reclamar que te pague hasta que se complete el año o hasta que tú tengas nuevo inquilino. Y él puede quedarse, durante todo ese tiempo (pagando). Después tienes todo un mes para liquidarle la fianza (justificando cualquier deducción que le quieras hacer).
Yo lo que suelo hacer, cuando un inquilino me propone una rescisión anticipada, es ofrecerle que elija entre dos opciones
1.- Pagarme la mitad del tiempo que falta para cumplir el año, devolverme las llaves, liquidar la fianza y quedar ambos totalmente desvinculados. Si, al día siguiente, a mí me sale un inquilino, no tengo que darle explicación alguna.
2.- Poner en alquiler el piso en ese momento, cooperar ambos en que se alquile lo antes posible (poner carteles, anuncios, mostrar el piso,...) y, en cuanto empiece a pagar el inquilino nuevo, deja de pagar el anterior. Si, entre tanto, se completa el año, se extingue igualmente el contrato y se liquida.
Estate tranquila ya que si tienes el contrato de alquilar te darás cuenta que tu llevas todas las de ganar. Normalmente te tienen que avisar con 60 días de antelación. Depende quién te formalizara el contrato. Saludos.
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