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Una vez ya se ha producido el primer mes de impago, es conveniente enviar ya el burofax con la notificación?
En principio el inquilino me quiere pagar los dos meses de retraso con la fianza, si llegamos a un acuerdo y no hay desperfectos será factible, ahora bien, si existen desperfectos, tendré que utilizar la fianza para repararlos, en este caso debería demandar? en ese mismo momento o debería hacerlo ya?
Cuanto puede costar un proceso de este tipo?
Quién se hace cargo de los gastos?
Que pasa si el inquilino es insolvente?
Gracias de antemano.
Efectivamente en determinados casos el importe de los honorarios de un pleito se fija en funcion de la cantidad reclamada.
Ya te digo que hablo de tasación de costas, que está sujeta a un baremo, otra cosa es lo que se pacte con el cliente, pero vaya que desahucios por 200 euros llevan muchos compañeros.... y divorcios por menos aun...
Los baremos de todos los colegios son muy parecidos.
A mi tampoco me gusta el baremo, luego pleiteas por la propiedad de una finca de 6 M € y cobras 180.000 €, que tampoco tiene sentido..
Por un sitio habia que medir, asi trabajan notarios, registradores, procuradores....
Pero los abogados tienen libertad para establecerlos o pactarlos y la ley de la oferta y la demanda esta ahí.
Y que como vivo? Pues evidentemente no de los desahucios, muy pocos compañeros pueden subsistir exclusivamente de una especializacion tan pequeña salvo que su fama o su cuota de mercado lo permita.
Tenía entendido que las costas van en proporción a la cantidad demandada.
Yo no me refiero al monto final que va a pagar el imputado, sino a lo que sumarán tus honorarios ( en serio, no sé como vives, pero a mi me han cobrado 500€ por asistir a un juicio, y de 2500 para arriba por llevarme un caso. Tus honorarios son bastante bajos, la verdad), los gastos de procurador ( nunca me han bajado de 200€, habiendo llegado a pagar hasta 800€), y las costas judiciales ( lo que cuesta un juicio que muchas veces, en civil, el juez ordena pagarlo a la parte perdedora). Aparte, el importe adeudado y los intereses.
Es más , por menos cantidad, conozco a gente que le ha salido bastante más cara la broma que 5mil euros.
No sé si puede ser en función de la comunidad autónoma.
No, no, tanto la pregunta como la respuesta van referidas a los gastos del proceso ( o eso entiendo yo). Yo hablo de tasación de costas.
Una cosa es lo que reclame el demandante y otra el derecho que tenga a cobrar las costas causadas y que en nada tiene que ver con el pacto con el propio letrado.
Pero vaya, que lo hago con numeros:
Pongamos que mi cliente reclama 6.000 €
En caso de ganar con costas, las mías serían de 891 € (segun baremo de honorarios del colegio). Esos 891 € puede cobrarlos mi cliente del demandado o no. Lo que si esta claro es que a mi debera abonarme los que haya pacta conmigo, sean mayores o menores (casi siempre van a ser menores pues casi nadie trabaja por encima del baremo)
Que yo he pactado 491 €, pues 400 € que gana el cliente, que no consigue cobrar del demandado, pues el coste serían los 491 €
Por eso digo que el coste depende de lo pactado con el letrado.
Y ya por curiosidad te digo que para tasar las costas de una reclamacion en 5000 € habria que tener rentas impagadas por 50.000 €, de ahi que dijese que es absolutamente exagerado teniendo en consideracion el importe que usualmente se reclama en alquiler de vivienda. En locales es distinto, como bien sabes hay locales que pagan esos 50000 € cada mes.
Pedro Martinez
Abogado
Pedro, hazlo con números si quieres, pero si no son 5Mil serán 4200.
cuenta lo que va a pagar de abogado, de procurador, de notario, etc. Y luego me lo cuentas.
pongamos un alquiler de 900€, el cual se demanda al 4º mes ( 900*4= 3600€ que se reclaman) más los 8 meses que puede durar el juicio.
Si no hay acuerdo lo que hay que hacer es demandar de inmediato antes de que se acumulen mas rentas impagadas y poder disponer de la vivienda cuanto antes.
Oscar, te he leido en varias ocasiones cuantificar las costas y me gustaria matizar algo:
A mi una condena en costas de 5000 euros me parece una exageración, aun más en un alquiler de vivienda, donde las rentas mensuales debidas, que se tienen en cuenta para la tasacíon de las costas, no suelen suponer un importe elevado. Mas claro, para tasar unas costas en 5.000 € harian falta años de impago...
Por otra parte conviene recordar que las costas ganadas, es decir, los honorarios de abogado y procurador del demandante vencedor, son un derecho de la parte que no exime del pago a sus profesionales contratados, es decir, que una insolvencia del demandado deja sin cobrar al demandante, no al letrado ni al procurador.
Para esos supuestos lo que debe hacerse es negociar previamente con el letrado sus honorarios que, por otra parte no tienen por que coincidir con lo que se tasen posteriormente en caso de condena en costas.
No se si me he explicado bien, pero si alguien tiene interes se lo hago con numeros que queda aun mas claro.
Pedro Martinez
Abogado
Hola,
Si le pones una demanda de impago, el desahucio suele tardar 6 / 8 meses, y al ser un tema de impago normamente le cargarán las costas judiciales a él (+-5. 000 euros).
no es conveniente dejar la fianza para pagar los dos últimos meses, piensa en los desperfectos y los consumos.
saludos
oscar