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Mi duda es si podré alquilar o vender la casa si denuncio por daños, después de que la inquilina se haya ido.
Hola Eva San:
Para poder arrendaar nuevamente la vivienda si desea que ña reclamación por daños tenga éxito deberá constatar la existencia de los mismos. En su caso la mejor opción es un informe pericial o, en su defecto, un acta notarial.
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
En principio no hay motivo alguno que impida arrendar nuevamente su propiedad, siempre y cuando el piso esté libre, expédito y vacuo, es decir vacío. Y que en el próximo alquiler deje constancia del estado del inmueble y solicite fianza .
Hay que puntualizar que:
Denunciar en su acepción jurídica más usada es Poner de manifiesto ante la autoridad hechos que se consideren delito o falta. También significa Romper unilateralmente un contrato o pacto. Lo que no significa aunque así se use en el lenguaje vulgar es poner una demanda.
Dicho esto la posibilida de disponer de ese piso una vez se marche l aactual inquilina dependerá de al forma en qu ese de por finiquitado el contrato.
Para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Si la inquilina ha causado daños en la vivienda puedes reclamar la reparación de estos. Yo pediría presupuestos para la reparación, le enviaría a la inquilina un burofax reclamado la cantidad y, si no respode, acudiría a los juzgados para reclamar la cantidad de la reparación.