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Hola, en la nota simple de propiedad he descubierto que el dueño del piso que quiero alquilar tiene una hipoteca.¿Para mi como futura inquilina es un riesgo? Me podéis ayudar por favor?! Muchas gracias!
agata2014bcn .-
Muchos pisos que se hallan en alquiler, tienen hipoteca la cual paga puntualmente el propietario, solamente en el caso que el propietario dejara de pagarla se procedría por parte de la entidad que ha concedido el préstamo a solicitar la ejecución con la consiguiente posterior subasta y todo este proceso puede demorarse por distintos motivos durante años.
El propietario, alquilando el piso, consigue una renta con la cual paga la hipoteca y si no lo hace, principalmente es su problema, no creo que deje perder una propiedad en la que ha invertido una parte de capital, salvo que se halle en una precaria situación económica.
Si tienes dudas sobre la solvencia del arrendador y cumplimiento del pago de la hipoteca, búscate otro piso que no la tenga, pero en principio si tu le pagas puntualmente el alquiler, no creo que tengas problemas por ello.
Lo siento Jan, pero no tengo más remedio que estar de acuerdo con Pelayo.
Jan Abogado, para que esa inscripción sirva de algo, debe ser anterior a la inscripción de la hipoteca, no a su ejecución. Por tanto, no le serviría de nada, ya que el artículo 13 señala que "se exceptúan los supuestos en los que el contrato de arrendamiento hubiera accedido al Registro de la Propiedad con anterioridad a los derechos determinantes de la resolución del derecho del arrendado".
En este caso, el derecho determinante de la "resolución del derecho del arrendado" (sic) es la hipoteca. Por tanto, la inscipción del arrendamiento debe ser anterior a la hipoteca para que el banco venga obligado a respetarlo.
Es una cuestión de mero tracto registral.
Un saludo,
Hola agata:
En su caso concreto se aplica el artículo 13 de la LAU (no el 14) por lo que la inscripción del contrato en el Registro de la Propiedad con anterioridad a la ejecución hipotecaria, ler permitirá residir en la vivienda durante el plazo iniialmente pactado en el contrato(no sus prórrogas).
reciba un cordial saludo.
No, la inscripción no te protegerá porque tu arrendamiento será posterior y, en caso de ejecución hipotecaria las inscripciones posteriores desaparecerán.
Ten en cuenta también que en la gran mayoría de las hipotecas (sobre todo si es para adquisición de vivienda habitual) hay una serie de limitaciones al arrendamiento que pueden suponer el vencimiento anticipado del préstamo. Desconozco casos en los que el banco haya hecho uso de esa cláusula, pero ahí está.
Te dejo nuestros 10 consejos para el arrendatario antes de alquilar y te aconsejo que contrates los servicios de un abogado que te asesore en esta y otras cuestiones.
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/10-consejos-arrendatario/
Si quieres, nosotros podemos ayudarte.
Muchas gracias! Pero la inscripción en el registro de propiedad me protege si la hipoteca es anterior a mi contrato de alquiler? Muchas gracias.
No le afecta como inquilina, pero si se ejecuta la hipoteca el alquiler finaliza.
Art 14.1 LAU: El adquirente de una finca inscrita en el Registro de la Propiedad, arrendada como vivienda en todo o en parte, que reúna los requisitos exigidos por elartículo 34 de la Ley Hipotecaria , sólo quedará subrogado en los derechos y obligaciones del arrendador si el arrendamiento se hallase inscrito, conforme a lo dispuesto por los artículos 7 y 10 de la presente ley, con anterioridad a la transmisión de la finca.
Puede evitar tal consecuencia inscribiendo el contrato de alquiler en el Registro de la Propiedad.
http://www.abogadoarrendamientos.com/
Buenos días,
el riesgo que tiene es que, en caso de que ejecuten la hipoteca, ud. Se queda sin contrato y deberá abandonar la vivienda.
www. Desalvador. Es