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Acabo de recibir un email de my arrendador, el dueño del piso, que tengo que pagar le mas de lo que tenemos por escrito en el contrato por subida de ipc? Me lo puede pedir en caso que no me lo aviso?
Hola elmaz:
sin perjuicion de las respuestas anteriores, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Hola,
El Ipc del 2011, es del 2. 4%, si el contrato cumple un año ahora es lo que te puede subir a partir del próximo mes, nunca te podrá exigir ni atrasos ni a mes vencido.
saludos
oscar
Para tener un orden de magnitud, de octubre de 2010 a octubre de 2011 una cuota de 500 € pasaria a 515 €
Claro que el problema es cuando no se actualiza durante varios años, entonces el cambio en mas significativo, por ejemplo de enero de 2008 a enero de 2011 para la misma renta serían 26 € de incremento.
De todas formas el IPC no refleja la evolución de los precios de los alquileres, que hoy en dia se mueven en mayores porcentajes que el IPC, por lo que a lo mejor aplicar el IPC significa quedarse sin inquilino en la proxima renovación.
Si te puede pedir la subida del ipc cada año.
pero lo que no puede es pedirte los atrasos.
pablo. ,
Podeis imaginar que por fallo ha calculado mal el arrendador (dueño), en vez de *0,8%,por 8%,y igulal *2,4%*24%,es que no se pueden parar cuando piden mas,.