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Tengo tres dudas.
los inquilinos actuales me han avisado que se van el dia 15 con solo 20 dias de anticipación. Les puedo descontar los 10 dias restantes a que estan obligados por lei para avisar?
por otro lado como se van el 15 y no el dia 1, les puedo cobrar todo el mes.
y por último, donde puedo encontrar esta información para imprimirla y enseñarles que es lega¨?
gracias.
Ferrando: ante todo haría falta leer el contrato para estar totalmente seguros de la respuesta, pero si su contato es "normal" y con una duración inicial de un año, las respuestas son las siguientes:
1.- el contrato se ha ido prorrogando cada 26 de diciembre. Por ello, en este momento sus inquilinos tienen el derecho y la obligación de permanecer en la vivienda alquilada hasta el 26 de diciembre.
2.- El preaviso del que habla es 30 días de antelación, pero respecto a ese 26 de diciembre del 2014, no respecto de la fecha en que quieran irse (el 15 de septiembre).
3.- Por todo ello, en principio tiene Ud. derecho a cobrarles no ya el mes completo, sino todo lo que queda hasta el 26 de diciembre, puesto que Ud. no tiene por qué aceptar que los inquilinos desistan ahora del contrato.
4.- La información con este nivel de desglose no puede encontrarla en ningún medio "oficial", todo lo más puede referirse a los arts. 9 y 11 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, pero la interpretación no le será fácil.
Por último, si la duración inicial del contrato no es de un año vuelva a escribir otro post y le "reajustaré" la respuesta. También sería bueno que nos dijera si hay alguna cláusula donde se prevea la posibilidad de desistimiento anticipado.