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Es un piso maravilloso, para mi gusto. Es la posibilidad de vivir en Barcelona ciudad pero con la sensación de vivir en pueblo y con la naturaleza al lado. Importante tener moto o coche, no hay problema para aparcar. Aparco el coche delante de casa. A la que bajas una preciosa calle ya tienes todos los servicios de la ciudad.
Tiene 70 metros cuadrados aprox + terraza de 30mtros. 2 hab grandes, un comedor grande y precioso con 4 ventanales y una vista impresionante, sin pisos delante que te estropeen la vista....Es 4 vientos y todo el piso da a exterior. Para salir a la terraza tienes una puerta en el comedor, donde bajas unas escaleritas y llegas a la terraza. Eso te da la sensación de casita y no de piso. Al menos a mi. El piso estaría perfectamente amueblado por ser sólo por el periodo de un año.
muchas gracias
Bueno, probablemente, y por supuesto, a malas, una inspección de ese documento, demostraría su fecha. Y se descubriría el engaño.
MIra, redacta una renuncia del contrato que te firme el inquilino antes del propio contrato, de esa manera si pasa algo, le sacas todo de la vivienda lo dejas en el portal y cuando llegue que llame a la policia si quiere, tu dices que dejo el piso y te firmo la renuncia del contrato, para recuperar la fianza y ahora te quiere meter en lios, ANTE LA LEY LA TRAMPA, juro que funciona, y si quiere , que te lleve el a juicio, no tu a el.
Ojo que esta comprobado su funcionamiento.
Si haces un contrato "de temporada" deberá ser porque el inquilino necesite el piso "temporalmente". Porque si demuestra que es su vivienda permanente - por ejemplo porque no tiene otra - entonces podrá quedarse los 5 años.
ya que lo que prevalece es el destino de la vivienda.
saludos - Papeleos Alquiler.
Hola marta:
la respuesta a su última pregunta es afirmativa. Encontrará información detallada sobre ambos tipos de contrato - vivienda y temporada- en el siguiente enlace.
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Gracias Amparo y Jan. Me han sido muy útiles vuestros apuntes.
jan, por lo que entiendo sí el contrato que firma el inquilino es de arrendamiento de temporada, a nivel legal estoy amparada. Es decir, no podría pasarme el caso que apunta Amparo, no?
muchas Gracias
Hola marta:
además de la opción apuntada por la Sra Amparo, también puede usted busvcar a una persona interesada en un contrato de arrendamiento de temporada(uso distinto al de vivienda).
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
además, en tu caso, tendrás que asegurarte de que tus inquilinos estén de acuerdo en irse al año, y tendrás que explicar en tú contrato por qué necesitarás volver al piso (tú o un familiar de primer grado) dentro de un año. (cláusula de necesidad)
si eso no queda claro clarísismo transparente. El inquilino podría quedarse en el piso hasta 5 años.
saludos - Papeleos Alquiler.